jueves, 18 de diciembre de 2014

BUENAS TARDES SEÑORITAS DE TERCERO INDUSTRIA DEL VESTIDO , REALIZAR UN RESUMEN DEL TEMA.
17'12-2014


Capítulo I.

Concepto y elementos de la relación laboral

I.I. Relación laboral: Es aquella que existe entre un trabajador y un empresario en virtud de la cual el primero se compromete a prestar sus servicios profesionales de forma personal y voluntariamente a favor del segundo, quien tiene la potestad de dirigir el trabajo y adueñarse de los resultados del mismo a cambio de un salario.
Ejemplo: "Adueñarse de los resultados"-> Plusvalías de Marx.
Por otro lado un amigo no puede cubrir tu puesto de trabajo.
I.II. Elementos constituidos de la relación laboral.
  • 1. Voluntariedad: El trabajador y el empresario firman libremente un contrato.
  • 2. Por cuenta ajena: Los frutos directos del trabajo pasan a ser propiedad del empresario.
  • 3. Remuneración: El trabajador presta sus servicios a cambio de un salario.
  • 4. Personalísima: El trabajo debe ser realizado por el trabajador y no por otra persona.
  • 5. Dependiente: El empresario organiza y ordena la actividad laboral, pudiendo sancionar al trabajador en caso de desobediencia, dentro de los límites marcados por la ley.
I.III. Relaciones laborales especiales. (Artículo 2 E.T.)
"Son relaciones laborales en sentido estricto, pero que por sus especiales circunstancias cuentan con una normativa propia, aplicándose el Estatuto de los trabajadores de forma subsidiaria."
  • 1. El personal de alta dirección. (Ejemplo: Indemnizaciones más jugosas).
  • 2. Los trabajadores al servicio del hogar familiar. (Si vives en casa del empresario).
  • 3.  Presos o penados en instituciones penitenciarias.
  • 4.  Deportistas profesionales.
  • 5.  Artistas en espectáculos públicos.
  • 6. Quienes intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo de las operaciones. (No comisionistas).
  • 7. Trabajadores discapacitados que presten servicios en centros especiales de empleo.
  • 8.  Estibadores portuarios. (Carga y descarga de mercancía en los puertos).
  • 9. Cualquier otro trabajo expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una ley.
IV. Relaciones excluidas del concepto de relación laboral. (Según el artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores):
  • 1. Los funcionarios públicos. (Porque no se rigen por el estatuto general).
  • 2.  Las prestaciones personales obligatorias (Ejemplo: La mili).
(Porque falta la voluntariedad).
  • 3.  Los trabajos a título de amistad, benevolencia o buena voluntad
(Porque falta la remuneración).
Para protegerse en caso de problemas, en este caso se debe tener un seguro de responsabilidad civil, por si le pasa algo al trabajador.
  • 4.  El consejero o miembro de administración de una sociedad siempre que sea la única relación que mantiene con la sociedad.
Nota: Una S.A. Se compone de Socios y una figura que es autónomo que es el administrador de la sociedad. Es esta figura es quien da la cara por la empresa. Este cargo es gratuito, por lo que la retribución que reciba depende del acuerdo llegado con los socios.
  • 5.  Los trabajos familiares realizados por el cónyuge, ascendientes y descendientes que convivan con el empresario hasta el 2º grado de consanguinidad, afinidad o adopción.
Ejemplo: Un chico trabajando en el bar de su padre. Puede estar sin contrato, pero nunca si es menor de 18 años. Sólo se permiten menores de 18 años en actividades artísticas. En espectáculos se permiten, como digo, menores de 18 años, siempre y cuando tengan consentimiento expreso de sus padres).
  • 6.  Los representantes de comercio o comisionistas que intervienen en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, asumiendo el riesgo de la operación. (Si sale mal, no cobra, no tiene contrato social). Aquí falta la ajenidad porque son comisionistas. (Autónomos).
  • 7.  Los transportistas con autorización administrativa propia y vehículos del servicio público de las que sean propietarios aún cuando dichos servicios se realicen de forma continuada para una misma persona.(Ejemplo: Taxistas).
  • 8.  Los autónomos y los autónomos económicamente dependientes. (Autónomo dependiente es aquel autónomo que tiene como fuente de ingresos el 75% de un único cliente).

Las fuentes del derecho del trabajo (Laboral)

II.I. Fuentes materiales:
¿Quién elabora las normas jurídicas?
  • 1.  La sociedad mediante la Constitución (1978), La costumbre.
  • 2.  Las cortes generales del Estado (Congreso Diputados/Senado) y La Administración Central.
  • 3.  Parlamentos y Administraciones autonómicas.
  • 4.  Los representantes de empresarios y trabajadores: Convenio colectivo.
II.II. Fuentes formales y diversos tipos de normas jurídicas:
Para aprobar una Ley se vota en las Cortes generales, y dependiendo de la Ley puede ser necesaria un tipo de mayoría u otra. Existen 3 tipos de mayorías:
  • 1. Mayoría simple: La mitad + 1 de los miembros presentes.
Ejemplo:
Total Diputados = 350.
Por ejemplo, presentes 200.
½ de 200 +1 = 101.
  • 2. Mayoría absoluta: La mitad +1 de los miembros del órgano.
(Se tiene en cuenta a los no presentes).
Ejemplo:
Total Diputados = 350.
½ de 350 +1 = 176. 
  • 3. Mayoría Reforzada o Cualificada: Votos favorables en cuantía superior a la mitad +1.
(Puede ser exigida mayoría de 2/3; 3/5 etcétera…).
Ejemplo:
Total Diputados = 350.
2/3 de 350 = 233.
3/5 de 350 = 210.


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